CHILE: SII AUTORIZA EMITIR CERTIFICADO DE PÉRDIDA RESIDENCIA FISCAL. (Oficio 185/2022).
En efecto, requerido dicho Servicio, deberá certificar si se ha perdido residencia o domicilio tributario o ambos, supuesto que el contribuyente lo acredite. Luego, y para los fines de certificar la pérdida de domicilio y/o residencia, se sugiere señalar en el documento que se entregue para dichos efectos que “la pérdida del domicilio (y/o residencia) …
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