Coordinadores de política tributaria del Ministerio de Hacienda se refieren al impuesto a la riqueza. - Portatax

Coordinadores de política tributaria del Ministerio de Hacienda se refieren al impuesto a la riqueza.

(Publicado por: https://www.df.cl/, 24-05-2022)

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Diego Riquelme y Nicolás Bohme Coordinadores de política tributaria del Ministerio de Hacienda.

Dentro de la reforma tributaria que el Gobierno presentará al país se incluyen instrumentos que gravan la riqueza, como un impuesto al patrimonio inmobiliario y financiero, y una mejora al impuesto a herencias y donaciones. Esto implica una diferencia conceptual respecto de lo que se ha denominado un impuesto a los súper ricos, para precisar las dudas expresadas por Claudio Bustos en una columna anterior. El objetivo no es gravar ni castigar a personas en particular, sino reconocer que existe una mayor capacidad de contribuir allí donde se acumulan altos patrimonios.

El impuesto al patrimonio inmobiliario y financiero gravará a las personas naturales con domicilio o residencia en Chile, respecto a su riqueza en el país y en el extranjero. El diseño considera un tramo exento elevado, de en torno a cinco o siete millones de dólares. En ningún caso se tratará de un impuesto confiscatorio o que evite la acumulación de riqueza, puesto que las tasas serán moderadas, varias veces por debajo de cualquier proyección razonable de rentabilidad del capital.

“El objetivo no es gravar ni castigar a personas en particular, sino reconocer que existe una mayor capacidad de contribuir allí donde se acumulan altos patrimonios. No será un impuesto confiscatorio o que evite la acumulación de riqueza,

Esta herramienta, como complemento a los impuestos personales a la renta, permitirá avanzar en justicia tributaria. Los contribuyentes de alto patrimonio, en Chile y en el resto del mundo, enfrentan cargas tributarias más bajas que el resto de las personas, debido a que mantienen sus flujos de ingreso a través de vehículos de inversión, tendiendo a postergar el pago de impuestos personales a la renta. Por ello, instituciones internacionales como la OCDE o el FMI recomiendan la aplicación de impuestos a la riqueza cuando los impuestos a la renta no son o no han sido progresivos. La mejor evidencia internacional nos indica que, si bien existe cierta tendencia a reducir el patrimonio declarado una vez se introduce este impuesto, los impactos son relativamente débiles y en ningún caso ponen en peligro su efectividad.

Como han remarcado diversos especialistas, existen importantes desafíos de implementación. En primer lugar, es necesario fijar reglas claras respecto de la valoración del patrimonio, que permitan reducir el costo de cumplimiento.

En segundo lugar, una adecuada fiscalización es crucial para minimizar el espacio para la evasión y elusión. Actualmente existe mayor y mejor información en la administración tributaria sobre composición de patrimonios, colaborando con ello los acuerdos de intercambio de información tributaria entre países, junto a otras medidas locales que buscan mejorar el nivel de información, por ejemplo, la implementación de un registro de beneficiarios finales.

El análisis de experiencias anteriores y la mejor información nos permiten diseñar impuestos a la riqueza que tendrán bajos costos de cumplimiento y una mejor efectividad en recaudación. Estos impuestos no son una sanción a contribuyentes en particular, sino que una herramienta que permitirá avanzar en mayor justicia tributaria.

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