Instruye sobre modificaciones efectuadas por la Ley N° 20.630 a la Ley sobre Impuesto a la Renta, relacionadas con la tributación internacional.

La presente circular tiene por objeto impartir instrucciones sobre las modificaciones efectuadas por la Ley N°20.630 en las siguiente materias:

1) Impuesto Adicional (IA) que afecta a un contribuyente no residente ni domiciliado en el país, por las rentas obtenidas en la enajenación de los instrumentos a que se refieren los artículos 10, en sus incisos 3° y siguientes, y 58 N°3 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

2) Tributación que afecta a las rentas obtenidas por las agencias, sucursales u otras formas de establecimientos permanentes de empresas extranjeras que operen en el país, de acuerdo a los artículos 38 y 58 N°1 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

3) Normas sobre tributación internacional contenidas en los artículos 41 A, 41 B y 41 C de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

4) Exención de IA sobre las cantidades pagadas o abonadas en cuenta a contribuyentes no residentes ni domiciliados en el país, por el uso de programas computacionales estándar, de acuerdo a lo establecido en el inciso 1°, del artículo 59 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

5) Tributación que afecta a los chilenos que no tengan domicilio ni residencia en Chile, que perciban o devenguen rentas de fuente chilena, a raíz de la derogación del artículo 61 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.

6) Modificaciones efectuadas a los artículos 37 y 64 ter de la Ley sobre Impuesto a la Renta, con el objeto de concordar las modificaciones introducidas al artículo 38 y la incorporación del artículo 41 E de la misma ley.

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