Modifica las instrucciones contenidas en la Circular N° 14, de 2014, relativa a la aplicación de los convenios para evitar la doble tributación internacional a las rentas e impuesto que establecen los artículo 10 y 58 N° 3 de la Ley de Impuesto a la Renta.

Señala el SII que, considerando que se han recibido diversas consultas, y que este Servicio ha realizado un nuevo estudio sobre la materia, se ha estimado necesario modificar, aclarar y precisar las instrucciones contenidas en la letra H), del N° 1), del Capítulo II.-, de la Circular N°14, del 7 de marzo de 2014 respecto de la “Aplicación de los Convenios para evitar la doble tributación internacional a las rentas e impuesto que establecen los artículos 10 y 58 N° 3 de la LIR”, por lo que las instrucciones específicas se contienen en la presente circular N° 59.

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